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Con cuatro votos a favor, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la declaratoria de inconstitucionalidad de la prevalencia de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de las empresas del sector privado.

Los votos que avalaron la propuesta de declarar la constitucionalidad de esta parte central de la reforma eléctrica promulgada en el mes de marzo del 2021 fueron los de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel Mossa, la ponente Loretta Ortiz y el ministro presidente Arturo Zaldívar. Se necesitaban ocho votos para declararla inconstitucionalidad, aunque solo se obtuvieron siete.

Así, la intención de siete de los ministros de declarar que esa parte de la reforma es inconstitucional por violar el principio de libre competencia y el derecho al medio ambiente fue frenado definitivamente.

No obstante, en mayoría de votos los ministros apoyaron la propuesta de declarar válida la obligación del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) de mantener la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) y la posibilidad de empresas para solicitar interconexión.

Destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación no alcanzó los votos necesarios para anular los aspectos centrales de la reforma legal de marzo de 2021 que favorece a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre las empresas privadas, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los temas que ya fueron discutidos y que no lograron los ocho votos para la invalidez son: Despacho preferente a energía generada por plantas de CFE, o de productores privados que solo le pueden vender a la empresa estatal; eliminación de las subastas obligatorias para la compra de energía al postor que ofrezca precios más bajos.

También el cambio del modelo de costos marginales, favorable a plantas eólicas y solares, por uno de costos unitarios, que beneficia a plantas viejas que a amortizaron la inversión para construirlas; y la nueva figura de los contratos de cobertura con compromiso de entrega física, que solo CFE podría cumplir.

Cabe señalar que el debate aún no concluye pues aún faltan temas como el análisis de la compatibilidad de la reforma con tratados internacionales en materia ambiental y económica; el mecanismo del certificado de energías limpias; la revocación y revisión de permisos; los criterios del SEN; las tarifas para los usuarios finales y los principios del SEN.

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